RECTIFICA DECRETO Nº 43/99, QUE PRORROGA LAS FORMULAS TARIFARIAS PARA LA EMPRESA DE SERVICIOS SANITARIOS LO PRADO S.A.

    Núm. 750.- Santiago, 22 de diciembre de 1999.- Visto: Lo dispuesto en el decreto con fuerza de ley Nº 70, de 1988, del Ministerio de Obras Públicas y sus modificaciones contenidas en la ley Nº 19.549; el decreto supremo Nº 453, del 12 de diciembre de 1989, modificado por decreto Nº 109, del 10 de marzo de 1998, ambos del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción;  el  artículo 10º de la ley Nº 10.336; la ley Nº 18.902, el decreto supremo del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción Nº 454/94 y el decreto del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción Nº 43/99.

    Considerando:

    Que, en el decreto Nº 43/99, que prorrogó las fórmulas tarifarias de la Empresa de Servicios Sanitarios Lo Prado S.A., se incurrió en un error de hecho, por una parte, al omitir el cargo fijo correspondiente a grifos contra incendio ubicados en propiedades particulares, sin derecho a consumo y, por otra, al considerarse como coeficiente a5 del polinomio de indexación IN5 el valor 0,33, en vez de considerar 0,32.

    Que, en estas circunstancias, se hace necesario rectificar en el decreto lo señalado anteriormente.

    D e c r e t o:

    1.- Rectifícase el D.S. Minecon Nº 43/99, que prorrogó las fórmulas tarifarias de la Empresa de Servicios Sanitarios Lo Prado S.A., en los siguientes términos:

1.1.  Agréguese en el punto 2.7 el cargo fijo correspondiente a grifos contra incendio ubicados en propiedades particulares, sin derecho a consumo:
    CFGPR, en los siguientes términos:

    CFGPR= 12.480 x IN1 ($/grifo)

    El polinomio de indexación IN1 es el definido en el decreto Nº 43/99.

1.2.  El valor del coeficiente a5 del polinomio IN5, a que se refiere el punto 1 letra b) del D.S. Minecon Nº 43/99, corresponde a 0,32.

    2.- Con las rectificaciones a que se refieren los puntos 1.1 y 1.2 precedentes se mantiene lo decretado en  D.S. Minecon Nº 43/99.

    Anótese, tómese razón y publíquese.- Por orden del Presidente de la República, Jorge Leiva Lavalle, Ministro de Economía, Fomento y Reconstrucción.
    Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Saluda Atte., Luis Sánchez Castellón, Subsecretario de Economía, Fomento y Reconstrucción.