MODIFICA DECRETO Nº 239 EXENTO, DE 2004
Núm. 273 exento.- Santiago, 12 de abril de 2004.- Visto: Lo informado por la División de Administración Pesquera de la Subsecretaría de Pesca en memorándum (D.Ac.) Nº 73 de 22 de marzo de 2004; lo dispuesto en el artículo 32 Nº 8 de la Constitución Política de la República; el D.F.L. Nº 5 de 1983; la Ley General de Pesca y Acuicultura Nº 18.892 y sus modificaciones, cuyo texto refundido fue fijado por el D.S. Nº 430 de 1991, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción; el decreto exento Nº 239 de 2004, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, erróneamente signado como 239 de 2003; la resolución Nº 520, de 1996, de la Contraloría General de la República.
Considerando:
Que mediante decreto exento Nº 239 de 2004, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, se estableció una veda biológica para las especies de Salmónidas en el Lago Parrillar, XII Región.
Que el decreto exento antes indicado fue datado erróneamente con fecha 25 de marzo de 2003, debiendo decir 25 de marzo de 2004.
Decreto:
Artículo único.- Modifícase el decreto exento Nº 239 de 2004, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que establece una veda biológica para las especies de Salmónidas en el Lago Parrillar, XII Región, en el sentido de reemplazar la expresión "25 de marzo de 2003", por la frase "25 de marzo de 2004".
Anótese, comuníquese y publíquese.- Por orden del Sr. Presidente de la República, Jorge Rodríguez Grossi, Ministro de Economía y Energía.
Lo que transcribe para su conocimiento.- Saluda atentamente a usted, Felipe Sandoval Precht, Subsecretario de Pesca.