EXTRACTO  DE  RESOLUCION  Nº 345  EXENTA,  DE
2004, QUE ASIGNA CONCESION QUE INDICA

    Por resolución exenta del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones Nº 345 de 17.03.2004, que se extracta, se asignó en el concurso público correspondiente al Tercer Cuatrimestre de 2002, a la Sociedad de Comunicaciones Alvarez y Muñoz Limitada, RUT Nº 77.280.450-4, con domicilio en Avda. Francisco Bilbao Nº 2570, Depto. Nº 302, Providencia, Región Metropolitana, una concesión de Radiodifusión Sonora en Mínima Cobertura, para la comuna de San Fernando, VI Región, con las características técnicas siguientes:

-Potencia Máxima  :    1 Watts.
-Frecuencia  :        105,7 MHz.
-Sistema radiante  :  Direccional con polarización
                        Vertical, 1 antena Yagi de 3
                        elementos, de 4,5 dBd de
                        ganancia máxima, y una
                        altura del centro de
                        radiación de 6 m.
-Pérdidas en cables,
conectores y otros  : 1,5 dB.
-Ubicación del
Estudio,
Planta Transmisora
y Sistema Radiante  :  Calle Ramón Freire Nº 1474,
                        San Fernando, VI Región.
-Coordenadas
Geográficas  :        34°33'50"  Latitud Sur;
                        71°00'06" Longitud Oeste.

    Los plazos serán los que se indican a continuación:

Inicio de Obras: 30 días; Término de Obras: 45 días; Inicio de Servicio: 60 días.

    Todos estos plazos se cuentan a partir de la fecha de publicación en el Diario Oficial del decreto que otorgue la concesión.

    La presente publicación se hace de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 13A y 13B de la ley Nº 18.168 Ley General de Telecomunicaciones, a objeto que quien tenga interés en ello pueda reclamar de la resolución exenta del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones Nº 345 de 17.03.2004, que se extracta, la cual asignó concesión, dentro del plazo de (5) días hábiles, contados desde la presente publicación. La reclamación deberá presentarse por escrito ante el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, ser fundada, adjuntar todos los medios de prueba que acrediten los hechos que la fundamentan y fijar domicilio dentro del radio urbano de la comuna de Santiago.-

    Subsecretario de Telecomunicaciones.