Construccion de nuevas salas en la Casa de Orates Lei núm. 1,119.- Santiago, a 25 de Noviembre de 1898.- Por cuanto el Congreso Nacional ha prestado su aprobacion al siguiente
    PROYECTO DE LEI:

    ARTICULO UNICO. Autorízase al Presidente de la Republica para invertir hasta la cantidad de veinte mil pesos en la construccion de nuevas salas en la Casa de Orates.


    I por cuanto, oido el Consejo de Estado, he tenido a bien aprobarlo i sancionarlo; por tanto, promúlguese i llévese a efecto como lei de la República.- FEDERICO ERRAZURIZ.- C. Walker Martínez.