OTORGA CONCESION DE SERVICIO PUBLICO TELEFONICO A LA EMPRESA QUANTAX S.A.

    Santiago, 9 de marzo de 2004.- Con esta fecha se ha decretado lo que sigue:
    Núm. 106.- Vistos:

a)  El decreto ley Nº 1.762 de 1977, que creó la Subsecretaría de Telecomunicaciones.
b)  La ley Nº 18.168 de 1982, Ley General de Telecomunicaciones.
c)  El Nº 1 del artículo 3º párrafo III de la resolución Nº 55 de 1992, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por la resolución Nº 520 de 1996, ambas de la Contraloría General de la República.

    Considerando:

a)  Lo solicitado por la interesada mediante ingreso Subtel Nº 25.677 de 17.06.2003.
b)  Que no se presentaron oposiciones a la publicación en extracto de la solicitud de concesión,
    Decreto:

    Otórgase concesión de Servicio Público Telefónico Local a la empresa Quantax S.A., RUT Nº 96.842.250-2, con domicilio en Los Leones Nº 643, piso 8, oficina 801, comuna de Providencia, Región Metropolitana, en adelante la concesionaria, en el sentido que se indica en los numerandos siguientes.

    1. Autorízase a la concesionaria para instalar, operar y explotar un servicio de telefonía local en las regiones Metropolitana, V y VIII.

            Ubicación de los nodos:

Zona Primaria  Dirección              Comuna      Región

Santiago      Santa Marta de        Huechuraba  XIII
              Huechuraba Nº 695
Valparaíso    5 Norte Nº 1020        Viña del Mar  V
Concepción    Martínez de Rozas      Concepción  VIII
              Nº 238

    La Zona de Servicio de la concesión comprenderá las Zonas Primarias de Santiago, Valparaíso y Concepción. Los medios de transmisión y conmutación que soportarán los servicios podrán ser propios o arrendados a terceros debidamente autorizados.
    2. Apruébase el proyecto técnico base de la solicitud presentado por la concesionaria, en lo relacionado con los sistemas y equipos de telecomunicaciones autorizados en el presente decreto, conforme a las disposiciones técnico legales que rigen el servicio de telecomunicaciones concedido. La documentación respectiva quedará archivada en la Subsecretaría de Telecomunicaciones.
    3. Los plazos serán los que se indican a continuación:

Etapas      Inicio    Término  Inicio
            Obras    Obras    Servicio  Observación

Zona
Primaria
Santiago    14 meses  22 meses  24 meses  Todos estos
Zona                                      plazos están
Primaria    24 meses  34 meses  36 meses  referidos a
Valparaíso                                la fecha de
Zona        24 meses  34 meses  36 meses  publicación
Primaria                                  en el Diario
Concepción                                Oficial del
                                          presente
                                          decreto.

    4. El período de vigencia de la presente concesión será de 30 años, contados desde la publicación del presente decreto en el Diario Oficial.
    5. Es obligación de la concesionaria el conocimiento y cumplimiento de las disposiciones legales, reglamentarias y técnicas actuales o futuras que regulan las telecomunicaciones, en lo que le sean aplicables.

    Anótese, tómese razón, comuníquese, notifíquese a la interesada y publíquese en el Diario Oficial.- Por orden del Presidente de la República, Javier Etcheberry Celhay, Ministro de Transportes y Telecomunicaciones.
    Lo que transcribo para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud., Víctor Garay Silva, Jefe División Concesiones.