Adoquinado obligatorio de la ciudad de Concepcion Lei núm.1,145.- Santiago, a 9 de Enero de 1899.- Por cuanto el Congreso Nacional ha dado su aprobacion al siguiente
    PROYECTO DE LEI:

    ARTICULO UNICO. Se hace estensivo a la pavimentacion de calles con piedra de rio el art. 1.° de la lei de 11 de Setiembre de 1879 sobre adoquinado obligatorio de la ciudad de Concepcion.


    I por cuanto, oido el Consejo de Estado, he tenido a bien aprobarlo y sancionarlo; por tanto, promúlguese y llévese a efecto como lei de la República.- FEDERICO ERRAZURIZ.- C. Walker Martínez.