Suplemento para pagar a la Compañía de Consumidores de Gas de Santiago
    Lei núm.1,149.-Santiago, a 28 de Diciembre de 1898.- Por cuanto el Congreso Nacional ha dado su aprobacion al siguiente
    PROYECTO DE LEI:

    ARTICULO PRIMERO. Autorízase al Presidente de la República para que invierta hasta la suma de veintiocho mil trescientos cincuenta i ocho pesos cincuenta i seis centavos, en cancelar a la Compañía de Consumidores de Gas de Santiago las cuentas que se le adeudan por el gas consumido en los años 1896 i 1897 en los cuarteles i oficinas del Ministerio de Guerra i secciones de su dependencia.


    ART. 2.° Concédese un suplemento de veintidos mil ciento setenta i seis pesos cuarenta i ocho centavos al ítem 36 de la partida 21 del presupuesto del Ministerio de Guerra, que se destinará esclusivamente a pagar las cuentas provenientes de consumo de gas habido en el presente año en las oficinas del Ministerio de Guerra i en las secciones i cuarteles de su dependencia.
    ART. 3.° Esta lei rejirá desde su publicacion en el Diario Oficial.

    I por cuanto, oido el Consejo de Estado, he tenido a bien aprobarlo y sancionarlo; por tanto, promúlguese y llévese a efecto como lei de la República.- FEDERICO ERRAZURIZ.- Cárlos Concha.