MODIFICA DECRETO Nº 10, DE 2002, QUE CREA REGISTRO OFICIAL DE LABORATORIOS DE CONTROL TECNICO DE CALIDAD DE CONSTRUCCION Y APRUEBA SU REGLAMENTO

    Santiago, 23 de marzo de 2004.- Hoy se decretó lo que sigue:
    Núm. 53.- Visto: Lo dispuesto en el artículo 116 letra h) del DL Nº 1.305 de 1975, el DS Nº 10 (V. y U.) de 2002 y las facultades que me confiere el artículo 32 número 8º de la Constitución Política de la República de Chile,

    Decreto:

    Artículo único.- Reemplázase el artículo transitorio del DS Nº 10 (V. y U.) de 2002, por el siguiente nuevo artículo transitorio:

    "Artículo transitorio.- Las Instituciones que a la fecha de publicación en el Diario Oficial del presente Reglamento se encuentren declaradas Instituciones Oficiales de Control Técnico de Calidad de Materiales y Elementos para la Construcción, tendrán plazo para inscribirse en el Registro Oficial de Laboratorios hasta el día 31 de diciembre de 2004, vencido el cual caducará automáticamente dicha declaración."
    Anótese, tómese razón y publíquese.- RICARDO LAGOS ESCOBAR, Presidente de la República.- Jaime Ravinet de la Fuente, Ministro de Vivienda y Urbanismo.
    Lo que transcribo para su conocimiento.- Sonia Tschorne Berestesky, Subsecretaria de Vivienda y Urbanismo.

          CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA

          División de la Vivienda y Urbanismo
            y Obras Públicas y Transportes
                  Subdivisión Jurídica
Cursa con alcance decreto Nº 53, de 2004, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo
Nº 20.987.- Santiago, 28 de abril de 2004. La Contraloría General ha dado curso regular al documento indicado en la suma, que modifica el decreto Nº 10, de 2003, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, a través del cual se crea el Registro Oficial de Laboratorios de Control Técnico de Calidad de Construcción y se aprueba su Reglamento, por ajustarse a derecho; no obstante lo cual cumple con precisar que uno de los preceptos que sirve de fundamento a la medida adoptada es el artículo 16, letra h) del DL Nº 1.305, de 1975, y no como se indica en los vistos del acto administrativo en examen.
    Con el alcance que antecede se ha tomado razón del decreto Nº 53, de 2004, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo.
    Saluda atentamente a Us, Noemí Rojas Llanos, Contralor General de la República Subrogante.
Al señor Ministro de Vivienda y Urbanismo
Presente