APRUEBA REFORMAS DE ESTATUTOS, ADECUANDOLOS A LA LEY Nº 19.712, LEY DEL DEPORTE

    Santiago, 20 de abril de 2004.- Hoy se decretó lo que sigue:
    Núm. 1.346 exento.- Vistos: estos antecedentes, lo dispuesto en el decreto supremo Nº 110, de Justicia, de 1979, publicado en el Diario Oficial de 20 de marzo de 1979; Reglamento sobre Concesión de Personalidad Jurídica, modificado por el decreto supremo de Justicia Nº 679, de 26 de septiembre de 2003, publicado en el Diario Oficial de fecha 13 de febrero de 2004, y en la resolución Nº 520, de 1996, modificada por resolución Nº 661, publicadas en el Diario Oficial de 31 de octubre de 2002, ambas de la Contraloría General de la República; en la ley Nº 19.712 y su Reglamento, contenido en el decreto supremo Nº 59, de 2001, del Ministerio Secretaría General de Gobierno y lo informado por la Intendencia de la Región Metropolitana,

    Decreto:

    Apruébanse las reformas que ha acordado introducir a sus estatutos la entidad denominada "Federación de Rugby de Chile", que podrá usar la sigla "Feruchi" con domicilio en la provincia de Santiago, Región Metropolitana de Santiago, y personalidad jurídica concedida por decreto supremo de Justicia Nº 2.244, de 4 de agosto de 1964, en los términos que dan testimonio las escrituras públicas de fechas 28 de octubre de 2003, y 19 de marzo de 2004, otorgadas en la Notaría Pública de Santiago, de don Fernando Opazo Larraín.

    Anótese, comuníquese y publíquese.- Por orden del Presidente de la República, Luis Bates Hidalgo, Ministro de Justicia.
    Lo que transcribo para su conocimiento.- Le saluda atentamente, Jaime Arellano Quintana, Subsecretario de Justicia.