Escuela Pública de Quirihue Lei núm. 1,186.- Por cuanto el Congreso Nacional ha prestado su aprobacion al siguiente
    PROYECTO DE LEI:

    ARTICULO UNICO. Autorízase al Presidente de la República para invertir hasta la suma de diezisiete mil cuatrocientos ochenta i tres pesos noventa i siete centavos en la terminacion de una escuela pública en Quirihue.


    I por cuanto, oido el Consejo de Estado he tenido a bien aprobarlo i sancionarlo; por tanto, promúlguese i llévese a efecto como lei de la República.
    Santiago, a 26 de Enero de 1899.- FEDERICO ERRAZURIZ.- Cárlos A. Palacios Z.