Nuevo Manicomio de Santiago Lei núm. 1,194.- Santiago, a 7 de Febrero de 1899.-
    Por cuanto el Congreso Nacional ha prestado su aprobacion al siguiente
    PROYECTO DE LEI:

    ARTICULO UNICO. Autorízase al Presidente de la República para invertir, durante el año actual, hasta la cantidad de cien mil pesos en continuar la construccion del edificio destinado al nuevo manicomio de Santiago.


    I por cuanto, oido el Consejo de Estado he tenido a bien aprobarlo i sancionarlo; por tanto, promúlguese i llévese a efecto como lei de la República.- FEDERICO ERRAZURIZ.- C. Walker Martínez.