Agregacion a la partida 2.a de la Lei de Presupuestos para 1899
Lei núm. 1,206.- Santiago, a 3 de Febrero de 1899.-
Por cuanto el Congreso Nacional ha dado su aprobacion al siguiente
PROYECTO DE LEI:
ARTICULO UNICO. Agrégase en la partida 2.a "Cámara de Diputados" de la lei de presupuesto de 1899, correspondiente al Ministerio del Interior, los siguientes ítems:
Despues del ítem 2:
Item____ Sueldo del Secretario de Comisiones i
empleados de Secretaría. Lei de 2 de
Febrero de 1892______________________ $ 3,000
Despues del ítem 19:
Item____ Sueldo de un oficial auxiliar de la
Secretaría de Comisiones. Lei de
presupuestos de 1899_________________ $ 1,000
I por cuanto, oido el Consejo de Estado, he tenido a bien aprobarlo i sancionarlo; por tanto, promúlguese i llévese a efecto como lei de la República.- FEDERICO ERRAZURIZ.- C. Walker Martínez.