MODIFICA DECRETO Nº 840 EXENTO, DE 2003, QUE ESTABLECIO LIMITES MAXIMOS DE CAPTURA POR ARMADOR EN UNIDADES DE PESQUERIA SARDINA ESPAÑOLA Y ANCHOVETA, LETRA Q) DEL ARTICULO 2º DE LA LEY 19.713
Núm. 310 exento. Santiago, 23 de abril de 2004.- Visto: Lo informado por la División de Desarrollo Pesquero de la Subsecretaría de Pesca en Memorándum Nº 105, de 19 de abril de 2004; lo dispuesto en el D.F.L.
Nº 5 de 1983; la Ley General de Pesca y Acuicultura Nº 18.892 y sus modificaciones, cuyo texto refundido fue fijado por el D.S. Nº 430 de 1991 del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción; las leyes Nº 19.713, Nº 19.822 y Nº 19.849; el decreto supremo Nº 286 de 2001 y los decretos exentos Nº 840 de 2003 y Nº 252 de 2004, todos del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción; la resolución Nº 520 de 1996, de la Contraloría General de la República.
Considerando:
1. Que mediante decreto exento Nº 840 de 2003, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, se establecieron los límites máximos de captura por armador en las unidades de pesquería de Sardina española Sardinops sagax y Anchoveta Engraulis ringens, individualizadas en el artículo 2º letra q) de la ley Nº 19.713, correspondientes al año 2004.
2. Que mediante decreto exento Nº 252 de 2004, se modificó la cuota global anual de captura de las unidades de pesquería antes señaladas, por lo que corresponde modificar el decreto que estableció los límites máximos de captura, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 3 inciso 3º de la ley Nº 19.713.
Decreto:
Artículo único.- Modifícase el artículo 1º del decreto exento Nº 840 de 2003, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, en el sentido de sustituir los límites máximos de captura por armador para las unidades de pesquería Sardina española Sardinops sagax y Anchoveta Engraulis ringens, en el área marítima de la I y II Regiones, individualizada en la letra q) del artículo 2º de la ley Nº 19.713, correspondientes al año 2004, por los siguientes:
Anchoveta
Armador Ene-Jun Jun-Dic Total
Arica Seafood
Producer S.A. 2.219,642 1.303,595 3.523,237
Camanchaca S.A.
Cía. Pesq. 99.388,857 58.371,070 157.759,927
Corpesca S.A. 369.666,591 217.105,169 586.771,760
Mar Q y M.
Ltda. Pesq. 2.070,995 1.216,295 3.287,290
Moya García
Germán 1.345,664 790,308 2.135,972
San José S.A.
Pesq. 19.996,085 11.743,700 31.739,785
South Pacific
Korp S.A. 8.176,217 4.801,892 12.978,109
Sardina española
Armador Ene-Jun Jun-Dic Total
Arica Seafood
Producer S.A. 7,513 4,413 11,926
Camanchaca S.A.
Cía. Pesq. 844,098 495,821 1.339,919
Corpesca S.A. 2.844,642 1.670,934 4.515,576
Mar Q y M.
Ltda. Pesq. 15.560 9,140 24,700
Moya García Germán 5,616 3,299 8,915
San José S.A. Pesq. 198,984 116,882 315,866
South Pacific
Korp S.A. 82,587 48,511 131,098
Anótese, comuníquese y publíquese.- Por orden del Sr. Presidente de la República, Jorge Rodríguez Grossi, Ministro de Economía y Energía.
Lo que transcribo a Ud., para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud., Felipe Sandoval Precht, Subsecretario de Pesca.