Tesorero fiscal de Magallanes
    Lei núm. 1,242.-
    Por cuanto el Congreso Nacional ha prestado su aprobacion al siguiente
    PROYECTO DE LEI:

    Artículo único. Fíjase en tres mil pesos anuales, a contar desde el 1.° de junio del presente año, el sueldo del tesorero fiscal de Magallanes, el cual tendrá a su cargo la contabilidad especial de los terrenos de colonizacion.


    I por cuanto, oido el Consejo de Estado, he tenido a bien aprobarlo i sancionarlo; por tanto, promúlguese i llévese a efecto como lei de la República.
    Santiago, a 3 de Agosto de 1899.- FEDERICO ERRAZURIZ.- F. Pinto Izarra.