Suplemento al Ministerio de Relaciones Exteriores Lei núm. 1,312.-
Por cuanto el Congreso Nacional ha dado su aprobacion al siguiente
PROYECTO DE LEI:
ARTICULO UNICO. Concédese un suplemento de cincuenta i cinco mil pesos al ítem 6 de la partida 13 del presupuesto del Ministerio de Relaciones Exteriores, que consulta fondos para gastos de espediciones i personal subalterno de las sub-comisiones de límites.
I por cuanto, oido el Consejo de Estado, he tenido a bien aprobarlo i sancionarlo; por tanto, promúlguese i llévese a efecto como lei de la República.
Santiago, a 30 de Diciembre de 1899.- FEDERICO ERRAZURIZ.- Rafael Errázuriz Urmeneta.