MODIFICA RESOLUCION Nº 1.820 EXENTA, DE 2003, QUE FIJA PROCEDIMIENTO PARA APLICACION PRACTICA DEL PROGRAMA DE PAVIMENTACION PARTICIPATIVA
Santiago, 14 de mayo de 2004.- Hoy se resolvió lo que sigue:
Núm. 1.912 exenta.- Visto: El D.S. Nº 114 (V. y U.), de 1994, y sus modificaciones, que Reglamenta el Programa de Pavimentación Participativa, en especial lo dispuesto en su artículo 9º; la resolución exenta Nº 1.820 (V. y U.), de 2003, que Fija Procedimiento para Aplicación Práctica del Programa de Pavimentación Participativa; el Ord. Nº 104, de 12.05.2004, del Jefe de la Dirección de Obras Urbanas Minvu, y la resolución Nº 55, de 1992, en su texto refundido fijado por la resolución Nº 520, de 1996, ambas de la Contraloría General de la República, dicto la siguiente
Resolución:
1.- Modifícase la resolución exenta Nº 1.820 (V. y U.), de 2003, que Fija Procedimiento para la Aplicación Práctica del Programa de Pavimentación Participativa, reglamentado por D.S. Nº 114 (V. y U.), de 1994, en la forma que a continuación se indica:
A) Reemplázase en la letra e) del inciso 1º del número 9º la expresión
"AP=4n", por la expresión: "AP=2n".
B) Reemplázase en la letra f) del inciso 1º del número 9º la fórmula:
"PC=20 x (1 - (CPA-CB) / CB) por la siguiente nueva fórmula:
"PC=65 x (1 - (CPA-CB) / CB)".
C) Agrégase a continuación del número 14º, el siguiente artículo transitorio:
"Artículo transitorio: Durante el año 2004 el proceso de selección de proyectos efectuado por las Secretarías Regionales Ministeriales de Vivienda y Urbanismo tendrá como fecha de cierre el día 31 de julio de 2004.".
Anótese, publíquese en el Diario Oficial y archívese.- Jaime Ravinet de la Fuente, Ministro de Vivienda y Urbanismo.
Lo que transcribo para su conocimiento.- Héctor López Alvarado, Subsecretario de Vivienda y Urbanismo Subrogante.