OTORGA PENSION, POR GRACIA, A DOÑA JULIA APARICIO OSUNA
    Núm. 1.096.- Santiago, 14 de Julio de 1975.- Visto lo dispuesto en los decretos leyes N.os 1 y 128, de 1973, y 527, de 1974, y
    Considerando: el informe de la Comisión Especial creada por decreto supremo N.o 1.702, de Interior, de 27 de Noviembre de 1973,
    La Junta de Gobierno de la República de Chile dicta el siguiente

    Decreto ley:

    Artículo único.- Otórgase a doña Julia Aparicio Osuna, una pensión de tres sueldos vitales de la provincia de Santiago, sin perjuicio de la pensión de montepío de que actualmente disfruta.
    El mayor gasto que importe la aplicación del presente decreto ley se imputará al ítem de pensiones del Presupuesto del Ministerio de Hacienda.

    Regístrese en la Contraloría General de la República, publíquese en el Diario Oficial e insértese en la Recopilación Oficial de dicha Contraloría.- AUGUSTO PINOCHET UGARTE, General de Ejército, Presidente de la República.- JOSE T. MERINO CASTRO, Almirante, Comandante en Jefe de la Armada.- GUSTAVO LEIGH GUZMAN, General del Aire, Comandante en Jefe de la Fuerza Aérea.- CESAR MENDOZA DURAN, General, Director General de Carabineros.- Raúl Benavides Escobar, General de División, Ministro del Interior.- Jorge Cauas Lama, Ministro de Hacienda.
    Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Enrique Montero Marx, Subsecretario del Interior.