DISPONE REBAJA EN DERECHOS Y RECARGOS POR INSCRIPCION DE ACTA DE ASIGNACION DE TIERRAS Y OTRAS ACTUACIONES QUE EMANAN DE ELLA
Santiago, 18 de Marzo de 1976.- Hoy se decretó lo que sigue.
Núm. 1.380.- Vistos: Lo dispuesto en los decretos leyes Nºs.1 y 128, de 1973; 527 y 619, de 1974; la ley Nº 16.250, modificada por la ley Nº 17.570; el decreto supremo Nº 574, del Ministerio de Justicia, de 1975, y
Considerando:
Que es función primordial de la Corporación de la Reforma Agraria transferir en dominio individual los predios expropiados en virtud de la ley Nº 16.640;
Que con anterioridad a Septiembre de 1973, dicha Corporación se limitó a constituir organizaciones transitorias en los referidos predios, lo que ha obligado al actual Gobierno a elaborar una política de asignación que implica otorgar más de 45.000 títulos de dominio aproximadamente en los próximos años e inscribirlos en los Registros Conservatorios de Bienes Raíces que corresponda;
Que el volumen de Inscripciones de los referidos títulos obliga al Fisco a incurrir en un considerable gasto por concepto de los derechos y recargos que corresponde cancelar a los Conservadores de Bienes Raíces, lo que hace necesario establecer una exención parcial de dichas actuaciones, y
Que la referida exención no ocasionará un menoscabo en los ingresos de los señalados auxiliares de la administración de justicia, atendido el número de predios a inscribir;
La Junta de Gobierno de la República de Chile ha acordado dictar el siguiente:
Decreto ley:
Artículo único: La inscripción de las actas de asignación de tierras a campesinos, en dominio individual, a que se refiere el Título IV de la ley Nº 16.640, en los Registros Conservatorios de Bienes Raíces, y las inscripciones, subinscripciones, anotaciones, certificados y, demás actuaciones que de ella emanen, estarán afectos solamente al 25% de los derechos y recargos fijados en el arancel correspondiente. De igual franquicia gozarán las transferencias de dominio que el Consejo de la Corporación acuerde en beneficio del Fisco o de las Instituciones o Empresas del Estado.
Regístrese en la Contraloría General de la República, publíquese en el Diario Oficial e insértese en la Recopilación Oficial de dicha Contraloría.- AUGUSTO PINOCHET UGARTE, General de Ejército, Presidente de la República.- GUSTAVO LEIGH GUZMAN, General del Aire, Comandante en Jefe de la Fuerza Aérea de Chile.- CESAR MENDOZA DURAN, General, Director General de Carabineros.- PATRICIO CARVAJAL PRADO, Vicealmirante, Comandante en Jefe de la Armada subrogante.- Tucapel Vallejos Reginato, General de Carabineros, Ministro de Agricultura.- Pedro Larrondo Jara, Capitán de Navío, Ministro de Hacienda subrogante.- Miguel Schweitzer Speisky, Ministro de Justicia.
Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Saluda Atte. a Ud.- Rodrigo Mujica Ateaga, Subsecretario de Agricultura, subrogante.