AUTORIZA SITUACION DE TERRENOS QUE INDICA, UBICADOS EN LA COMUNA DE VIÑA DEL MAR
Santiago, 9 de Abril de 1976.- La H. Junta de Gobierno de la República de Chile ha acordado lo siguiente:
Núm. 1.413.- Vistos: lo dispuesto en los decretos leyes N.os 1 y 128, de 1973; 527, de 1974, y en el artículo 10, Nº 10, de la Constitución Política del Estado, y
Considerando:
1.- Que para los efectos del cumplimiento de compromisos contraídos por la Municipalidad de Viña del Mar, se hace necesario reubicar, entre otras, las actuales dependencias que están destinadas al Cuerpo de Bomberos de Viña del Mar (Cuarta Compañía);
2.- Que en la intersección de las calles 12 Norte, 6 Oriente y Quillota, y la vía anexa por el Poniente, que corresponde a la calle 6 Oriente, existe una plazoleta de superficie conveniente, donde es posible ocupar parte de ella para efectuar las edificaciones necesarias para reubicar las dependencias antes mencionadas, y
3.- Que la plazoleta señalada, por uso inmemorial, tiene el carácter de bien nacional de uso público, no obstante que podrían existir terceros que pudieran acreditar derecho de dominio en el bien raíz indicado, La Junta de Gobierno de la República de Chile ha acordado dictar el siguiente
Decreto ley:
Artículo 1º.- Desaféctanse de su calidad de bienes nacionales de uso público y decláranse de dominio de la Municipalidad de Viña del Mar, los terrenos que forman la actual plazoleta ubicada en la intersección de las calles Doce Norte, Seis Oriente y Quillota, así como también la vía anexa por el Poniente y que corresponde a la calle Seis Oriente, que se individualizan en el plano y antecedentes catastrales de la Municipalidad de Viña del Mar y que, en su conjunto, tienen los siguientes deslindes y medidas: al Norte, con calle Doce Norte, en 46 metros; al Sur, con calle Quillota, en 99 metros; Oriente, con vértice formado por calle Doce Norte y calle Quillota, y al Poniente, en línea quebrada deRECTIFICACION
D.O. 20.10.1976 50,05 y 30,75 metros, con propiedades particulares, encerrando, dentro de estos deslindes, una superficie de 1.620 metros cuadrados.
D.O. 20.10.1976 50,05 y 30,75 metros, con propiedades particulares, encerrando, dentro de estos deslindes, una superficie de 1.620 metros cuadrados.
Artículo 2º.- El Conservador de Bienes Raíces de Valparaíso procederá a inscribir, en el Registro de Propiedades, el predio individualizado en el artículo anterior, a nombre de la Municipalidad de Viña del Mar.
Artículo 3º.- Si con posterioridad a la publicación de este decreto ley, apareciesen personas invocando derechos de dominio sobre los terrenos a que se refiere el artículo 1º, se entenderá que tales derechos han sido expropiados y la Municipalidad de Viña del Mar cancelará la indemnización a que haya lugar, regulándola conforme a las normas establecidas en el Título XV del Libro IV del Código de Procedimiento Civil. Fíjase en seis meses, a contar desde la publicación del presente decreto ley, el plazo para que los interesados puedan hacer valer judicialmente sus derechos.
Regístrese en la Contraloría General de la República, publíquese en el Diario Oficial e insértese en la recopilación oficial de dicha Contraloría.- AUGUSTO PINOCHET UGARTE, General de Ejército, Presidente de la República.- GUSTAVO LEIGH GUZMAN, General del Aire, Comandante en Jefe de la Fuerza Aérea.- CESAR MENDOZA DURAN, General, Director General de Carabineros.- PATRICIO CARVAJAL PRADO, Vicealmirante, Comandante en Jefe de la Armada subrogante.- Raúl Benavides Escobar, General de División, Ministro del Interior.
Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Saluda a Ud.- Enrique Montero Marx, Subsecretario del Interior.