Artículo 1º.- Concédese personalidad jurídica de derecho privado a la "Fundación Chile", organismo sin fines de lucro, de carácter autónomo, con domicilio en Santiago de Chile, sin perjuicio de las oficinas o laboratorios que su Consejo acuerde establecer en otros lugares, y cuyo objeto será realizar investigación científica y tecnológica y aplicar los avances científicos y tecnológicos que obtenga, en las áreas de producción y servicios que correspondan.