Concede liberacion de derechos de Aduana a la Sociedad Chilena de Tranvias i Alumbrado Eléctricos Lei núm. 1,345.- Por cuanto el Congreso Nacional ha dado su aprobacion al siguiente
PROYECTO DE LEI:
Artículo único. Concédese a la Sociedad Chilena de Tranvías i Alumbrado Eléctricos liberacion de derechos de Aduana por el término de dos años i hasta por la suma de trescientos cincuenta mil pesos para los artículos que importen para instalacion de la Empresa.
No gozarán de esta liberacion los artículos gravados con los derechos de treinta i cinco i sesenta por ciento.
I por cuanto, oido el Consejo de Estado, he tenido a bien aprobarlo i sancionarlo; por tanto, prom"lguese i llévese a efecto como lei de la República.
Santiago, a 25 de Julio de 1900.- Elías Fernández A.- Manuel Salinas.