CONCEDE PENSION POR GRACIA A DON VICTOR VILCHES AVENDAÑO
    Núm. 1.545.- Santiago, 30 de Agosto de 1976.- Visto, lo dispuesto en los decretos leyes N.os 1 y 128, de 1973, y 527, de 1974, y

    Teniendo presente:

    1.o- Que don Víctor Vilches Avendaño registra afiliación al Servicio de Seguro Social desde el año 1935, época desde la cual se ha desempeñado ininterrumpidamente en trabajos agrícolas y otros que han quebrantado su salud en términos de encontrarse, en la actualidad, imposibilitado de prestar servicios propios de su especialidad, no obstante no evidenciar una invalidez que le permita obtener los beneficios de pensión en conformidad con las disposiciones de la ley número 10.383;
    2.o- Que el afectado, no obstante su afiliación y desempeño superior a los treinta y cinco años, carece de todo derecho previsional por no reunir el requisito de edad para impetrar pensión por este concepto, hecho que le priva de toda posibilidad de continuar solventando los más esenciales gastos de sustento de las siete cargas familiares que acredita legalmente;
    3.o- Que el Supremo Gobierno estima necesario concurrir en ayuda de personas que, como ocurre en el presente caso, han entregado a una labor incesante al servicio de la Patria, desde su juventud, sus mejores esfuerzos y sacrificios con compromiso, incluso, de su calidad y del sustento de los suyos,

    La Junta de Gobierno acuerda dictar el siguiente
    Decreto ley:

    Artículo único.- Otórgase, por gracia, a don Víctor Vilches Avendaño una pensión de tres sueldos vitales mensuales de la provincia de Santiago.
    El gasto que importe la aplicación del presente decreto ley se imputará al ítem de pensiones del Presupuesto del Ministerio de Hacienda, debiendo concurrir a su pago el Servicio de Seguro Social, en conformidad con las disposiciones de la ley N.o 10.986.
    Regístrese en la Contraloría General de la República, publíquese en el Diario Oficial e insértese en la Recopilación Oficial de dicha Contraloría.- AUGUSTO PINOCHET UGARTE, General de Ejército, Presidente de la República.- JOSE T. MERINO CASTRO, Almirante, Comandante en Jefe de la Armada.- GUSTAVO LEIGH GUZMAN, General del Aire, Comandante en Jefe de la Fuerza Aérea.- CESAR MENDOZA DURAN, General, Director General de Carabineros.
    Lo que transcribo para su conocimiento.- Aldo Montagna Bargetto, Capitán de Navío, JT, Secretario de Legislación de la Junta de Gobierno.