Pago de sueldos que devenguen durante el presente año los promotores fiscales de varios departamentos de la República.
    Lei núm. 1,401.-
    Por cuanto el Congreso Nacional ha dado su aprobacion al siguiente
    PROYECTO DE LEI:

    ARTICULO UNICO. Autorízase al Presidente de la República para invertir hasta la suma de siete mil setecientos noventa pesos, en pagar los sueldos que devenguen durante el presente año, los promotores fiscales de los departamentos de Limache, la Victoria, Parral, Loncomilla, Constitucion, Itata, Yungai, Bulnes i Quinchao.


    I por cuanto, oido el Consejo de Estado, he tenido a bien aprobarlo i sancionarlo; por tanto, promúlguese i llévese a efecto como lei de la República.
    Santiago, a 12 de Diciembre 1900.- FEDERICO ERRAZURIZ E.- Francisco J. Herboso.