Inversion de 350.000 pesos en la terminacion del Hospital del Salvador de Santiago i anexos
    Lei núm. 1,406.- Santiago, a 16 de Enero de 1901.-
    Por cuanto el Congreso Nacional ha dado su aprobacion al siguiente
    PROYECTO DE LEI:

    ARTICULO UNICO. Autorízase al Presidente de la República:
    a) Para que invierta en el espacio de dos años hasta la suma de trescientos cincuenta mil pesos en la terminacion del Hospital del Salvador, en Santiago.
    b) Para que invierta, igualmente en el término de cinco años, hasta la cantidad de novecientos mil pesos en la construccion total, en la misma ciudad, de un hospital jeneral misto con capacidad, por lo ménos, para seiscientas camas.
    Esta suma se invertirá en partes iguales de ciento ochenta mil pesos en cada año.
    La construccion se hará prévia licitacion pública, a precio alzado i por contrato que comprenda toda la obra.
    I por cuanto, oido el Consejo de Estado, he tenido a bien aprobarlo i sancionarlo; por tanto, promúlguese i llévese a efecto como lei de la República.- FEDERICO ERRAZURIZ E.- Juan Antonio Orrego.