Artículo 4º: El Programa podrá efectuar todos los gastos que sean necesarios para el cumplimiento de sus objetivos, incluidos gastos de operación, gastos en personal, convenios de prestaciones de servicios con personas naturales o jurídicas nacionales y extranjeras, como asimismo gastos por concepto de alojamiento, alimentación y traslado de especialistas y/o participantes en jornadas de trabajo, talleres de capacitación, seminarios, y otras actividades similares.