PROHIBE LA CIRCULACION DE VEHICULOS DE CARGA EN VIAS QUE SE INDICA

    Núm. 237 exenta.- Antofagasta, 14 de junio de 2004.- Visto: Lo dispuesto en los artículos 113, y 118 de la ley 18.290, el artículo 17 del D.S. Nº 298 de 1994, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, Subsecretaría de Transportes, resolución Nº 59/1985 y la resolución exenta Nº 212 de 2003, de la Secretaría Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones de la II Región.
    Considerando: La solicitud presentada por el Intendente de la Segunda Región, Sr. Jorge Molina Cárcamo, con relación a prohibir la circulación de camiones de carga en la Av. Balmaceda entre las calles Bolívar y Baquedano, para dar seguridad a los participantes y en especial a los Ministros de Minería de los distintos países que participan en el Foro de Cooperación Económica de Asia Pacífico - APEC.

    Resuelvo:


    1.- Prohíbase la circulación de vehículos cargados o vacíos que transporten sustancias peligrosas por la Avda. Costanera, entre la Avda. Pedro Aguirre Cerda y calle Latorre, tramo conformado por la Avda. Edmundo Pérez Zujivic, Av. 7º de Línea, Aníbal Pinto, Balmaceda y Av. Grecia.
    2.- Esta prohibición regirá a partir del martes 15 al jueves 17 de junio del presente año, ambas fechas inclusive.
    3.- Autorízase las siguientes rutas alternativas para el tránsito de camiones que transportan sustancias peligrosas, cuyo origen o destino sea el puerto de Antofagasta o Minera Escondida, sector Coloso.

SUR - NORTE

- Destino Puerto de Antofagasta

Ruta 28 (Sector La Negra) o Camino Coloso - Avda. Guzmán - Avda. U. de Chile - Avda. Ejército - Avda. Grecia - Puerto.

-    Origen Puerto de Antofagasta con destino al Norte o al Barrio Industrial, excepto camiones cargados con sustancias peligrosas (los cuales deberán circular por la ruta B-400.)

Puerto - Av. Grecia - Av. Ejército - Ruta 28 (sector La Negra)- Ruta 5 - Ruta 26 (sector Salar del Carmen) - Av. Salvador Allende - Illapel - Av. Pedro Aguirre Cerda - Barrio Industrial.

Las Camiones cargados con sustancias peligrosas deberán circular por la siguiente ruta:

Puerto - Av. Grecia - Av. Ejército - Ruta 28 (sector La Negra)- Ruta 5 - Ruta B-400 - Ruta 1 - Av. Pedro Aguirre Cerda - Barrio Industrial.

NORTE - SUR

- Destino Puerto de Antofagasta

Av. Pedro Aguirre Cerda - Av. Mejillones - Arica - Chuquicamata - Salvador Allende - Rendic - Paraguay - Ruta 26 (Sector Salar del Carmen) - Ruta 5 - Ruta 28 (Sector La Negra) - Av. Ejército - Avda. Grecia - Puerto.

    4.- Suspéndase durante la vigencia de la presente resolución lo dispuesto en los artículos 4º y 5º de la resolución exenta Nº 212/2003 de la Secretaría Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones.
    Anótese, comuníquese y publíquese.- Enrique Viveros Jara, Secretario Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones, Región de Antofagasta.