ART. 2.° Se concede a dicha Municipalidad la propiedad del terreno fiscal situado entre el estero de Piedra Blanca i los de Santo Domingo i San Pedro, que se juntan al rio Angachilla, limitando al noreste por el rio Calle-Calle, con una estension de doce mil hectáreas, segun el plano oficial levantado por el señor Vidal Gormaz, el año 1870.
El uso i goce de este terreno, como el del que adquirió la Municipalidad de Valdivia entre los esteros de Llancahue i Piedra Blanca, podrá ser concedida por treinta años al empresario con quien ha contratado los servicios de agua i desagües, luz, fuerza i traccion eléctricas.