Artículo 16 Un residuo tendrá la característica de reactividad si presenta cualquiera de las siguientes propiedades:

a)  Es normalmente inestable y sufre, con facilidad, cambios violentos sin detonar.
b)  Reacciona violentamente con el agua.
c)  Forma mezclas explosivas con el agua.
d)  Cuando mezclado o en contacto con agua, genera gases, vapores o humos tóxicos, en cantidades suficientes como para representar un peligro para la salud humana.
e)  Contiene cianuros o sulfuros y al ser expuesto a condiciones de pH entre 2 y 12,5, puede generar gases, vapores o humos tóxicos en cantidades suficientes como para representar un peligro para la salud humana.
f)  Cuando es capaz de detonar o explosionar por la acción de una fuente de energía de activación o cuando es calentado en forma confinada.
g)  Cuando es capaz de detonar, descomponerse explosivamente o reaccionar con facilidad, bajo condiciones estándares de temperatura y presión (1 atm y 25 ºC).
h)  Cuando tenga la calidad de explosivo de acuerdo a la legislación y reglamentación vigente.