Artículo 63 Se deberá mantener un registro de los residuos peligrosos depositados en el relleno de seguridad, disponible para su verificación por la Autoridad Sanitaria. Este registro será entregado a dicha Autoridad al momento del cierre de la instalación. El registro deberá contener al menos la siguiente información:

a)  Fecha de recepción, industria o lugar de procedencia y fecha de disposición.
b)  Características de peligrosidad del residuo.
c)  Cantidad, peso y volumen.
d)  Características físico-químicas.
e)  Tratamiento al que fue sometido antes de la disposición, cuando corresponda.
f)  Ubicación en la celda en que fue dispuesto.