Cuentas pendientes del Ministerio del Interior Lei núm. 1,438.-
    Por cuanto el Congreso Nacional ha dado su aprobacion al siguiente
    PROYECTO DE LEI:

    ARTICULO UNICO. Autorízase al Presidente de la República para invertir hasta la cantidad de treinta i nueve mil trescientos ochenta i tres pesos diecinueve centavos en el pago de las cuentas pendientes por servicios de cargo del ministerio del Interior.
    I por cuanto, oido el Consejo de Estado, he tenido a bien aprobarlo i sancionarlo; por tanto, promúlguese i llévese a efecto como lei de la República.- Santiago, a 21 de Enero de 1901.- FEDERICO ERRAZURIZ E.- Juan Antonio Orrego.