Subvencion a la Sociedad Protectora de la Infancia de Valparaiso
    Lei núm. 1,440.-
    Por cuanto el Congreso Nacional ha dado su aprobacion al siguiente
    PROYECTO DE LEI:

    ARTICULO UNICO. Concédese a la Sociedad Protectora de la Infancia de Valparaiso una subvencion estraordinaria de cincuenta mil pesos para continuar la construccion de los edificios destinados a la instalacion de sus servicios.

    I por cuanto, oido el Consejo de Estado, he tenido a bien aprobarlo i sancionarlo; por tanto, promúlguese i llévese a efecto como lei de la República.
    Santiago, a 26 de enero de 1901.- FEDERICO ERRAZURIZ E.- Juan Antonio Orrego.