Construccion de un cauce colector en la Serena Lei núm. 1,461.-
    Por cuanto el Congreso Nacional ha prestado su aprobacion al siguiente
    PROYECTO DE LEI:

    ARTICULO UNICO. Autorízase al Presidente de la República para que invierta hasta la suma de cuarenta i siete mil quinientos treinta i siete pesos sesenta i siete centavos, en la construccion de un cauce colector en la ciudad de la Serena, en conformidad a los planos i presupuestos aprobados por el Consejo de Obras Públicas en sesion de 4 de Noviembre de 1899.


    I por cuanto, oído el Consejo de Estado, he tenido a bien aprobarlo i sancionarlo; por tanto, promúlguese i llévese a efecto en todas sus partes como lei de la República.
    Valparaiso, a 2 de Febrero de 1901.- FEDERICO ERRAZURIZ E.- Manuel A. Covarrubias.