Que concede, por una sola vez, a don Fermin Montero R., una gratificacion de 4,500 pesos
Santiago, a 6 de Diciembre de 1901.-
Por cuanto el Congreso Nacional ha dado su aprobacion al siguiente
PROYECTO DE LEI:
ARTICULO UNICO. Concédese, por gracia, al señor don Fermin Montero R, la suma de cuatro mil quinientos pesos ($ 4,500), por una sola vez, como gratificacion por los servicios que ha prestado en el desempeño de secretario de comisiones de la Cámara de Diputados.
I por cuanto, oido el Consejo de Estado, he tenido a bien aprobarlo i sancionarlo; por tanto, promúlguese i llévese a efecto en todas sus partes como lei de la República.- JERMAN RIESCO.- Ismael Tocornal.