Que autoriza la inversion de 82,000 pesos en la reconstruccion de los edificios incendiados en la Casa de Orates.
    Santiago, a 14 de Diciembre de 1901.-
    Por cuanto el Congreso Nacional ha dado su aprobacion al siguiente
    PROYECTO DE LEI:

    ARTICULO UNICO. Se autoriza al Presidente de la República para invertir la suma de ochenta i dos mil pesos ($ 82,000) en la reconstruccion de los edificios incendiados en la Casa de Orates.

    I por cuanto, oido el Consejo de Estado, he tenido a bien aprobarlo i sancionarlo; por tanto, promúlguese i llévese a efecto como lei de República.- JERMAN RIESCO.- Ismael Tocornal.