Que considera al departamento de Valdivia como de 3.a clase para los efectos del cobro del impuesto sobre patentes industriales i profesionales.
    Por cuanto el Congreso Nacional ha dado su aprobacion al siguiente
    PROYECTO DE LEI:

    ARTICULO UNICO. El departamento de Valdivia se considerará como de tercera clase, para los efectos del cobro del impuesto sobre patentes industriales i profesionales, establecido por lei de 22 de Diciembre de 1866.

    I por cuanto, oido el Consejo de Estado, he tenido a bien aprobarlo i sancionarlo; por tanto, promúlguese i llévese a efecto como lei de la República.
    Santiago, a 28 de Junio de 1902.- JERMAN RIESCO.- Ramon Barros Luco.