Inundaciones en Copiapó i Serena.- Se autoriza al Presidente de la República para invertir 35,000 pesos en atender a las necesidades orijinadas por dichas inundaciones.
    Lei núm. 1,538.-
    Por cuanto el Congreso Nacional ha dado su aprobacion al siguiente
    PROYECTO DE LEI:

    ARTICULO UNICO. Autorízase al Presidente de la República para invertir hasta la suma de veinte mil pesos ($ 20,000) en atender a las necesidades mas urjentes, orijinadas por las inundaciones en la ciudad de Copiapó; i hasta la suma de quince mil pesos ($ 15,000), con igual objeto, en la ciudad de la Serena.
    I por cuanto, oido el Consejo de Estado, he tenido a bien aprobarlo i sancionarlo; por tanto, promúlguese i llévese a efecto como lei de la República.
    Santiago, a 23 de Julio de 1902.- JERMAN RIESCO.- Ramon Barros Luco.