Reclutas i reemplazos.- Se autoriza la inversion de $ 1.000,000 en atender a los gastos que demande este servicio durante 1902.
    Santiago, a 30 de Julio de 1902.-
    Por cuanto el Congreso Nacional ha dado su aprobacion al siguiente
    PROYECTO DE LEI:

    ARTICULO UNICO. Se autoriza al Presidente de la República para invertir hasta la cantidad de un millon de pesos ($ 1.000,000) en atender a los gastos que demande el cumplimiento de la Lei de Reclutas i Reemplazos, durante el presente año.

    I por cuanto, oido el Consejo de Estado, he tenido a bien aprobarlo i sancionarlo; por tanto, promúlguese i llévese a efecto como lei de la República.- JERMAN RIESCO.- Víctor Manuel Lamas.