Se autoriza la inversion de 3 millones 700,000 pesos para reparaciones de la via, reconstruccion de puentes caidos i afianzamiento de puentes definitivos de los F.F. del E.
Por cuanto el Congreso Nacional ha prestado su aprobacion al siguiente
PROYECTO DE LEI:
ARTICULO UNICO. Autorízase al Presidente de la República para que invierta hasta la suma de tres millones setecientos mil pesos que se destinarán a la reparacion de la via, a la reconstruccion de los puentes caidos, i al afianzamiento de los puentes definitivos en los ferrocarriles del Estado, en conformidad a los estudios practicados por esa Direccion.
I por cuanto, oido el Consejo de Estado, he tenido a bien aprobarlo i sancionarlo; por tanto, promúlguese i llévese a efecto como lei de la República.
Santiago, a 8 de Agosto de 1902.- JERMAN RIESCO.- Joaquin Villarino.