APRUEBA "BASES CONCURSO INTERNO 2004 PARA RENOVACION COMPETITIVA DE NUCLEOS CIENTIFICOS MILENIO"
Santiago, 19 de marzo de 2004.- Hoy se decretó lo que sigue:
Núm. 45.- Visto: El decreto supremo Nº 151 de 1999, de esta Secretaría de Estado, que crea la Comisión Nacional de Iniciativas Científicas para el Milenio; el decreto supremo Nº 514, de 1999, del Ministerio de Hacienda, que autoriza la suscripción de un convenio de crédito entre el Gobierno de Chile y el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento (BIRF), para financiamiento y ejecución por parte del Ministerio de Planificación y Cooperación del "Proyecto Iniciativa Científica Millennium"; el decreto supremo Nº 434, de 1991, de esta Secretaría de Estado; la resolución Nº 520, de 1996, de la Contraloría General de la República, y
Considerando:
Que por decreto Nº 514 de fecha 26 de abril de 1999, publicado en el Diario Oficial de 11 de junio de 1999, se autorizó la suscripción de un convenio de crédito entre el Gobierno de Chile y el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento para financiar el Proyecto Iniciativa Científica Millennium, y en el cual se designó como unidad ejecutora al Ministerio de Planificación y Cooperación.
Que por decreto Nº 151, de fecha 18 de junio de 1999, publicado en el Diario Oficial de 27 de julio de1999, se creó la Comisión Nacional de Iniciativas Científicas para el Milenio, destinada a asesorar al Presidente de la República en todo cuanto diga relación con la proposición de políticas que apunten al fomento de las capacidades de investigación científica; la realización de investigaciones; a la preparación de científicos jóvenes en la investigación práctica y a la diseminación de nuevos conocimientos científicos mediante programas educativos y de extensión.
Que del convenio de crédito suscrito para el Proyecto Iniciativa Científica Millennium, forma parte el Manual de Operaciones como documento integrante del mismo.
Que dentro del Manual de Operaciones mencionado anteriormente, se dispone que los Núcleos Científicos recibirán fondos por un período de tres años. Luego de este periodo podrán participar en una competencia interna de renovación de proyectos por un periodo adicional único de tres años.
Que el concurso interno de renovación competitiva de Núcleos Científicos, se llevará a cabo paralelamente al concurso público para nuevos Núcleos Científicos. La Secretaría Ejecutiva preparará unas bases, aprobadas por Mideplan, por las que se regirá dicho concurso, e informará a los NC sobre el inicio del proceso.
D e c r e t o:
Apruébanse las siguientes Bases "Concurso Interno 2004 para renovación competitiva de Núcleos Científicos Milenio":
BASES CONCURSO INTERNO 2004 PARA RENOVACION COMPETITIVA
DE NUCLEOS CIENTIFICOS MILENIO
1. DEFINICIONES
1.1. Proyecto: Se entenderá por Proyecto toda
aquella propuesta de investigación científica
que se enmarque dentro de los límites
establecidos en estas bases, en cuanto al
personal involucrado y la propuesta técnica.
1.2. Núcleo Científico: Corresponde a un proyecto
en que participa un Investigador Responsable,
dos o más investigadores asociados claves y
un número mayor de investigadores jóvenes,
estudiantes de postgrado o postdoctorantes.
1.3 . Investigador Responsable: Corresponde a la
persona encargada y responsable del proyecto.
Debe ser un investigador científico con una
trayectoria en investigación científica
promisoria respaldada por publicaciones y
por, a lo menos, el reconocimiento de la
comunidad científica nacional. El
Investigador Responsable tiene que tener
capacidad de dirigir proyectos de
investigación científica.
1.4. Investigador Asociado Clave: Corresponde
a un investigador con una destacada
trayectoria en investigación científica
respaldada por publicaciones y por, a lo
menos, el reconocimiento de la comunidad
científica nacional.
1.5. Investigador Joven: Corresponde a un
investigador, preferentemente menor de 35
años, capaz de realizar labores de
investigación científica en forma autónoma.
1.6. Investigador Senior: Corresponde a un
investigador con una trayectoria científica
extensa y destacada, que prestará apoyo al
Núcleo y sus investigadores jóvenes.
1.7. Postdoctorante: Corresponde a un profesional
recientemente doctorado que se encuentra
realizando investigación científica
normalmente guiado por un científico de mayor
experiencia.
1.8. Institución Albergante: Corresponde a la
institución que otorga un espacio físico y
apoyo al grupo de investigadores que presenta
la propuesta de investigación científica.
2. ANTECEDENTES Y PROPOSITO
El Manual de Operaciones de la ICM estableció que los Núcleos del Concurso año 2001 tendrían una duración de tres años, estipulándose que a su término podrían postular a un concurso por un nuevo período. El presente concurso interno de renovación competitiva de Núcleos año 2001 está orientado a cumplir con dicha disposición. La renovación de los Núcleos se determinará sobre la base de una evaluación de su desempeño durante sus primeros dos años de gestión y de una propuesta de plan estratégico para una segunda etapa de ejecución del Núcleo Científico por tres años.
3. BENEFICIOS
Cada Núcleo Científico aprobado para una segunda etapa de ejecución contará con una subvención directa, con cargo a la cual podrán cubrirse los siguientes gastos:
3.1. Incentivos: Por este concepto, el
Investigador Responsable podrá recibir hasta
22 millones de pesos anuales. Cada uno de los
Investigadores Asociados Claves podrán
recibir hasta 20 millones de pesos anuales.
Cada Investigador Joven podrá recibir
honorarios anuales hasta por 12 millones de
pesos y cada Postdoctorante hasta por 20
millones de pesos anuales. Cada estudiante de
postgrado podrá recibir honorarios hasta por
9 millones de pesos anuales, por concepto de
beca.
Dichas becas se otorgarán a aquellos
estudiantes que se encuentren cursando
estudios de postgrado referidos a la línea de
investigación del proyecto, los que serán
seleccionados autónomamente por cada proyecto
de acuerdo a su disponibilidad financiera e
interés particular.
Cada miembro del personal técnico o
administrativo percibirá honorarios hasta por
8 millones de pesos anuales.
Todos los honorarios están sujetos al pago de
impuestos. Será responsabilidad de cada uno
de los participantes que perciben honorarios
la emisión de las boletas, la declaración y
el pago del impuesto correspondiente.
3.2. Gastos de pasajes, viáticos, congresos,
seminarios y afines: Se financiarán viajes y
traslados que se realicen para el desarrollo
de la investigación. Se financiarán solamente
pasajes en clase económica, y los viáticos
utilizados de acuerdo a las misiones a
cumplir serán determinados por la Secretaría
Ejecutiva del Programa Iniciativa Científica
Milenio en cuanto al monto máximo diario.
Podrán también cargarse a esta categoría los
gastos asociados a la asistencia a congresos,
seminarios, charlas u otros similares tales
como inscripciones. Asimismo, se incluirán en
esta categoría, los gastos vinculados a la
realización de congresos, seminarios, charlas
u otros similares tales como arriendo de
salas y equipos, servicios de alimentación y
traducción correspondientes a la realización
del evento.
3.3. Materiales, Fungibles y Mantención: Comprende
todos los materiales o suministros que se
necesiten para desarrollar el trabajo de
investigación propuesto. Incluye reactivos de
laboratorio, materiales fungibles, análisis
de laboratorio, servicios de computación,
suministros computacionales, arriendo de
equipos, fletes, transporte y gastos de
reparación y de mantención de equipos.
3.4. Bienes y Equipos: Incluye la adquisición de
equipos mayores y menores, de accesorios para
éstos y de implementos de laboratorio y de
oficinas. Los costos incluirán la
importación, internación, bodegaje, aduana,
traslado e instalación en el lugar de destino
final. Todos los equipos deben ser
debidamente asegurados con los recursos del
proyecto. Tratándose de equipos donados,
contempla todos los gastos adicionales que
sean necesarios para su utilización en el
lugar de destino.
No se financiará la adquisición de vehículos
para uso personal.
3.5 Infraestructura: Comprende exclusivamente los
costos en que se incurrirá en la
materialización de obras menores de
infraestructura, tales como construcciones,
reacondicionamiento de espacios físicos,
facilidades para la instalación de nuevos
equipos y para los demás propósitos
específicos del proyecto. Se podrá disponer
para ello de hasta un 10% del total de los
recursos asignados al proyecto.
3.6. Gastos de administración: Corresponden a los
costos operativos, de servicios, de difusión
y relaciones públicas asociadas al proyecto,
y el costo del personal administrativo. Su
monto no debe exceder el 5% del monto total
asignado. Los proyectos deberán contar con
servicios profesionales permanentes en el
área de contabilidad y análisis financiero.
3.7. Gastos de pólizas: Corresponden a los gastos
en que los proyectos deben incurrir para
obtener pólizas, con el fin de garantizar el
fiel uso de los recursos.
3.8. Publicaciones y suscripciones a revistas
científicas: Comprenden todos los gastos
asociados a publicaciones derivadas del
proyecto de investigación así como aquellos
correspondientes a suscripciones de revistas
científicas. Podrá incluirse también el costo
de la edición de afiches de información u
otro material impreso de publicidad y
difusión de las actividades de su núcleo
científico.
3.9. Profesores visitantes y Consultorías:
Comprende los costos de contratación de
profesores visitantes y consultorías
requeridas para el desarrollo del Proyecto.
3.10. Gastos generales de la institución
albergante: Corresponde a los gastos cobrados
por la institución en que se desarrolla el
Proyecto (ej. universidad, instituto nacional
de investigación) por concepto de utilización
de infraestructura, equipos, servicios u
otros. Estos no podrán exceder de un 10% de
los fondos totales asignados al Núcleo
Científico.
3.11. Imprevistos: Comprende aquellos gastos no
programados, sobrevinientes e indispensables
para realizar la investigación. Su monto no
debe exceder el 5% del total asignado.
4. REQUISITOS DE POSTULACION
Tanto los Investigadores Responsables como los Investigadores Asociados Claves que formen parte de la ejecución del Núcleo Científico en un segundo período, deberán reunir los siguientes requisitos:
4.1. Ser
a) chilenos o
b) extranjeros con domicilio permanente en
Chile, durante el ejercicio del Proyecto.
4.2. Podrán postularse a Investigador Responsable
aquel Investigador Responsable o cualquiera
de los Investigadores Asociados Clave que
participan actualmente como tales en el
Núcleo Científico.
4.3. Estar ejerciendo actividades de investigación
preferentemente en ciencias básicas,
estratégicas o aplicadas con no menos de 3
publicaciones en los últimos 5 años en
revistas internacionales de corriente
principal.
4.4. Tener una trayectoria destacada,
considerándose como tal, el haber mantenido
una producción científica y de formación de
jóvenes científicos, reconocida al menos por
la comunidad científica nacional, y medible
a través de los indicadores estándares.
4.5. El ejercicio del Proyecto en su segunda etapa
deberá hacerse con residencia en el
territorio nacional. El Proyecto deberá
acreditar un vínculo institucional con algún
centro académico y de investigación chileno
durante el desarrollo del trabajo. El
Investigador Responsable y los Investigadores
Asociados Claves deberán permanecer en el
país por lo menos 8 meses por año durante el
ejercicio del Proyecto.
5. ANTECEDENTES DE POSTULACION
5.1. Los Núcleos que cuenten con aportes de otras
instituciones deberán especificar dichos
aportes así como también formalizar la
cooperación mediante acuerdos específicos
entre el Proyecto y las instituciones
asociadas. Dichos convenios formarán parte
de los contratos suscritos entre el
Investigador Responsable y Mideplan
(Ministerio de Planificación y Cooperación).
5.2. Tanto el Investigador Responsable como los
Investigadores Asociados podrán participar
sólo en un Proyecto dentro de este concurso.
El no cumplimiento de esta norma dejará
automáticamente fuera de bases a los
proyectos involucrados. Por otra parte, los
Investigadores Responsables de los Institutos
(concurso 1999) y Núcleos Científicos
(concurso 2002) no podrán participar en este
concurso. Los Investigadores Asociados Claves
de Institutos (concurso 1999) y de Núcleos
Científicos (concurso 2002) podrán participar
como Investigador Asociado Clave en la etapa
de renovación del Núcleo, debiendo acogerse a
las disposiciones de dedicación descritas en
el punto 5.3.
5.3 El Investigador Responsable deberá dedicar
jornada completa a dicha misión, en tanto que
los Investigadores Asociados Claves no podrán
tener una dedicación inferior a 20 horas
semanales al proyecto, aunque el equipo de
Investigadores Asociados Claves más el
Investigador Responsable no podrán dedicar,
en promedio, menos de 30 horas semanales al
trabajo del proyecto. Los compromisos de
dedicación quedarán estipulados en el
contrato a suscribirse entre Mideplan, el
Investigador Responsable y la Institución
Albergante (ver 6.2.).
6. CONDICIONES TECNICAS Y OPERACIONALES
6.1. Duración: Los Núcleos Científicos adjudicados
tendrán una duración de tres años, no
renovables en virtud de las normas del Manual
de Operaciones de la ICM.
Mientras dure el período que comprende el
proceso de renovación competitiva, el
Programa ICM financiará las becas de
postgrado, pregrado y postdoctorado que el
Núcleo se encuentra financiando en ese
momento. En caso que el Núcleo no sea
renovado, el Programa ICM financiará a los
becarios de pregrado, postgrado y
postdoctorado hasta que terminen sus
estudios, por un período máximo de 2 años en
el caso de estudiantes de pregrado y
postgrado, y por sólo un año en el caso de
postdoctorantes. En el caso que el Núcleo
sea renovado, el Núcleo continuará
financiando a dichos becarios.
Gastos retroactivos entre el cierre y la
renovación competitiva: En el caso que el
Núcleo sea adjudicado en virtud de la
presente convocatoria, o sea renovado, los
gastos inherentes al período comprendido
entre el cierre y la reiniciación del mismo,
podrán ser reconocidos durante la nueva etapa
como gastos en forma retroactiva, previamente
aprobados por la Secretaría Ejecutiva.
6.2. Convenios: Una vez hecha la notificación de
la adjudicación de los Proyectos, se
suscribirán los convenios entre Mideplan,
los Investigadores Responsables y las
Instituciones Albergantes de los proyectos
adjudicados, en los cuales quedarán
establecidas las condiciones, obligaciones
y derechos de las partes.
6.3. Subrogación del Investigador Responsable: De
entre los Investigadores Asociados Claves de
cada proyecto se nombrará a uno que cumplirá
las funciones de Investigador Responsable
Suplente en caso de ausencia transitoria del
titular.
6.4. Transferencia de recursos: Los recursos
necesarios para la ejecución del proyecto se
entregarán en moneda nacional, no
reajustable. La transferencia de recursos
se efectuará anualmente directamente al
Investigador Responsable, conforme a un plan
de uso de fondos previamente aprobado.
Además, la entrega de recursos estará sujeta
a la aprobación de informes de avance y
financieros y a que se consignen los fondos
necesarios en la Ley Anual de Presupuesto del
Sector Público. Cada aporte se efectuará
previo otorgamiento de una póliza de seguro
que asegure el fiel cumplimiento del
contrato, la cual será devuelta una vez
aprobada por el Ministerio la rendición de
la cuenta respectiva. En el caso que el
Investigador Responsable lo solicite, los
recursos para gastos de administración y
para adquisición de equipos podrán entregarse
directamente a la Institución Albergante.
6.5. Informes: El Investigador Responsable deberá
rendir un informe técnico y financiero anual,
sin perjuicio de la entrega de informes
financieros trimestrales que deberán tener
una justificación de los gastos efectuados y
la documentación respaldatoria del gasto.
Dichos informes deberán ser aprobados por el
Ministerio. Los informes se efectuarán en los
formularios que, para estos efectos, se
entregarán al Investigador Responsable al
momento de suscribir el convenio señalado en
el punto 6.2. Dentro de los 90 días de
concluida la ejecución del proyecto, el
Investigador Responsable deberá emitir un
informe técnico final en el que se indiquen
los principales resultados obtenidos y logros
alcanzados, adjuntando copias de las
publicaciones a que hubiere dado lugar,
debiendo consignarse expresamente en estas
últimas el apoyo recibido del Ministerio.
También se dará cuenta detallada de los
equipos u otros bienes adquiridos con fondos
del mismo, y en general del uso de los
recursos referidos.
6.6. Evaluación: El Investigador Responsable
colaborará facilitando todos los procesos y
modalidades para el cumplimiento del programa
de seguimiento y evaluación dispuesto e
implementado por la Secretaría Ejecutiva de
la Iniciativa Científica Milenio. Se
realizará una evaluación anual final sobre la
base de los informes técnicos y financieros.
Por otra parte, los proyectos serán evaluados
por paneles preliminares constituidos por
expertos extranjeros y nacionales. De dichas
evaluaciones se emitirán informes que se
pondrán a disposición de MIDEPLAN. En función
de los resultados de estas evaluaciones,
MIDEPLAN tomará la decisión de continuar o
suspender la ejecución del proyecto.
6.7. Cambio de institución: El Investigador
Responsable podrá solicitar la incorporación
de una nueva Institución Albergante o su
reemplazo por otra para el desarrollo del
proyecto. La nueva institución, previa
aprobación de la Comisión Nacional de
Iniciativas Científicas para el Milenio,
asumirá como nueva Institución Albergante en
conjunto con la existente o bien como
Institución Albergante en reemplazo de la
actual.
6.8. Aspectos éticos: En el caso de
investigaciones que contemplen
experimentaciones o manipulaciones genéticas,
se deberá presentar una declaración del
Núcleo mismo o de aquella institución en que
se desarrolla el Proyecto, que garantice el
cautelamiento del ámbito ético.
7. DISCERNIMIENTO DEL CONCURSO
El concurso considerará los antecedentes y trayectoria del Núcleo Científico, la propuesta escrita presentada, las entrevistas realizadas por el panel de expertos, junto a los antecedentes y trayectoria del Investigador Responsable y de los Investigadores asociados clave durante la ejecución del Núcleo, así como sus cualidades de líder y otras consideraciones.
Los principales criterios a evaluar serán:
* Antecedentes de la gestión, resultados e impacto del Núcleo durante los 2 años de operación
* Propuesta técnica y financiera para una segunda etapa de desarrollo
* Excelencia académica y científica del Proyecto y de sus investigadores
* Calidad técnica del Proyecto
* Capacidad de formación de científicos jóvenes
* Proyección institucional del Proyecto
* Otros fondos no gubernamentales involucrados en el Proyecto
El concurso será discernido por la Comisión Nacional de Iniciativas Científicas para el Milenio a través de MIDEPLAN. La resolución se concretará en un decreto expedido a través de MIDEPLAN.
La Comisión Nacional de Iniciativas Científicas para el Milenio podrá requerir modificaciones o fusiones de proyectos que no podrán alterar la naturaleza de los mismos, las que deberán realizarse en los plazos y términos que se establezcan para estos efectos; asimismo, la Comisión Nacional se reserva el derecho a reducir o modificar la distribución de las asignaciones presupuestarias para el Proyecto.
Una vez fallado el concurso se comunicarán los resultados a los postulantes, indicando el presupuesto asignado si el Proyecto es aprobado. Si el Investigador Responsable estima que el presupuesto asignado afecta la viabilidad del programa propuesto, lo debe hacer presente por escrito dentro de los 15 días siguientes a la fecha de comunicación de resultados, con toda la información que facilite la evaluación de la situación. La Comisión Nacional resolverá en estos casos, quedando con su decisión a firme el fallo del concurso. Si a juicio del Investigador Responsable esta decisión hace inviable el Proyecto, debe renunciar al financiamiento.
8. FACULTADES DEL MINISTERIO DE PLANIFICACION Y
COOPERACION
El Ministerio no se hará responsable de deuda previsional o laboral alguna por cualquier persona participante en el Proyecto, así como de impuestos o contribuciones fiscales o municipales.
El Ministerio podrá requerir los antecedentes e informaciones parciales sobre el trabajo del Núcleo que estime necesarios, pudiendo poner término al Proyecto, habiendo escuchado al Investigador Responsable, cuando concurran razones fundadas para concluir el Proyecto.
9. CITACION A CONCURSO Y PROCEDIMIENTO DE SELECCION
El concurso se iniciará con el aviso a todos los Núcleos Científicos creados en el concurso 2001 sobre la realización del mismo, una vez aprobadas estas bases por MIDEPLAN. Se constituirá una Comisión encabezada por un miembro del Comité de Programa especialista en el área de investigación del Núcleo, y con la participación de otro destacado especialista. Dicha Comisión estudiará las Memorias Anuales generadas por los Núcleos Científicos y la Propuesta de proyecto para la extensión del Núcleo por una segunda etapa. La Comisión emitirá un informe que será hecho llegar al Comité de Programa, entidad que entrevistará a los Núcleos y procederá a jerarquizarlos de acuerdo a mérito y recomendando aquellos para su continuidad, lo que será sometido a consideración del Consejo Directivo para su resolución.
El contenido de las Propuestas de Proyectos de los Núcleos será manejado con absoluta reserva y confidencialidad tanto por los evaluadores, como por el Consejo Directivo, Comité de Programa y Secretaría Ejecutiva de la ICM.
10. POSTULACION
Los antecedentes para la postulación serán enviados por la Secretaría Ejecutiva de la ICM, MIDEPLAN, a cada uno de los Núcleos adjudicados en el concurso del año 2001.
Las postulaciones para una segunda etapa en la ejecución del Proyecto deberán entregarse en quince ejemplares en inglés y diez ejemplares en español, además de una versión electrónica (diskette o disco compacto, formatos Word / Excel). Estas se recibirán en la Secretaría Ejecutiva de la Iniciativa Científica Milenio de MIDEPLAN, Ahumada 48, 4º piso, dentro de un plazo de 30 días corridos, a contar de la fecha de anuncio a cada uno de los Núcleos Científicos sobre la fecha de realización de la entrevista de evaluación del Comité de Programa.
Anótese, tómese razón y publíquese.- Por orden del Presidente de la República, Andrés Palma Irarrázaval, Ministro de Planificación y Cooperación.
Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Marcelo Carvallo Ceroni, Subsecretario de Planificación y Cooperación.