Art. 764. El recurso de casación se concedeLEY 19374
Art. 2º Nº 2
D.O. 18.02.1995 para invalidar una sentencia en los casos expresamente señalados por la ley.
Art. 2º Nº 2
D.O. 18.02.1995 para invalidar una sentencia en los casos expresamente señalados por la ley.