Se autoriza al Presidente de la República para invertir 58,004.05 pesos en la construccion de obras que defiendan a la ciudad de Quillota de las crecidas del rio Aconcagua.
Lei núm. 1,558.-
Por cuanto el Congreso Nacional ha aprobado el siguiente
PROYECTO DE LEI:
ARTICULO UNICO. Se autoriza al Presidente de la República para invertir hasta la suma de cincuenta i ocho mil cuatro pesos cinco centavos ($ 58,004.05) en la construccion de las obras de defensa de la ciudad de Quillota, contra las crecidas del rio Aconcagua, en conformidad al proyecto aprobado al efecto.
Los trabajos de defensa a que se refiere el inciso anterior, no serán iniciados sino una vez que los propietarios riberanos se comprometan legalmente a ceder al Estado la propiedad de los terrenos que van a ganarse con dichas defensas, i a permitir el libre tránsito de los materiales destinados a la ejecucion de los trabajos.
I por cuanto, oido el Consejo de Estado, he tenido a bien aprobarlo i sancionarlo; por tanto, promúlguese i llévese a efecto como lei de la República.
Santiago, a 15 de Setiembre de 1902.- JERMAN RIESCO.- Joaquin Villarino.