Que concede a la Sociedad de Beneficencia de Señoras de Valparaiso el permiso para conservar un bien raiz Santiago, a 24 de Noviembre de 1902.-
Por cuanto el Congreso Nacional ha dado su aprobacion al siguiente
PROYECTO DE LEI:
ARTICULO UNICO. Se concede a la Sociedad de Beneficencia de Señoras de Valparaiso, el permiso especial requerido por el artículo 556 de Código Civil, para conservar, durante treinta años, la posesion del bien raiz que tiene adquirido en la referida ciudad, signado con los núms. 115 a 119 de la calle de la Victoria.
I por cuanto, oido el Consejo de Estado, he tenido a bien aprobarlo i sancionarlo; por tanto, promúlguese i llévese a efecto como lei de la República.- JERMAN RIESCO.- José Domingo Amunátegui Rivera.