Que concede permiso para conservar un bien raiz a la Sociedad Protectora de Trabajadores i Socorros Mútuos de Iquique.
    Santiago, a 26 de Enero de 1903.-
    Por cuanto el Congreso Nacional ha dado su aprobacion al siguiente
    PROYECTO DE LEI:

    ARTICULO UNICO. Concédese a la "Sociedad Protectora de Trabajadores i Socorros Mútuos" de Iquique, el permiso especial requerido por el artículo 556 del Código Civil, para que pueda conservar, durante treinta años, la posesion de un bien raiz que tiene adquirido en la calle de Tarapacá, de dicha ciudad.

    I por cuanto, de acuerdo con el Consejo de Estado, he tenido a bien aprobarlo i sancionarlo; por tanto, promúlguese i llévese a efecto como lei de la República.- JERMAN RIESCO.- José Domingo Amunátegui Rivera.