Que concede fondos para combatir la viruela en Tarapacá, Antofagasta i Atacama
    Valparaiso, a 20 de Febrero de 1903.-
    Por cuanto el Congreso Nacional ha dado su aprobacion al siguiente
    PROYECTO DE LEI:

    ARTICULO UNICO. Autorízase al Presidente de la República para invertir hasta la suma de diez mil pesos a fin de combatir la viruela en las provincias de Tarapacá, Antofagasta i Atacama.

    I por cuanto, oido el Consejo de Estado, he tenido a bien aprobarlo i sancionarlo; por tanto, promúlguese i llévese a efecto como lei de la República.- JERMAN RIESCO.- Elías Fernández Albano