DESAFECTA DE SU CALIDAD DE BIEN FISCAL Y DE CEMENTERIO LOS TERRENOS QUE INDICA, DE VALDIVIA

    Santiago, 25 de Febrero de 1974.- Con esta fecha se ha dictado el siguiente decreto ley:
    Núm. 336.- Visto: lo dispuesto en los decretos leyes Nºs. 1 y 128, de 11 de Septiembre y 16 de Noviembre de 1973, respectivamente, y

    Considerando:

    1º.- Que en un sector céntrico de la ciudad de Valdivia existe el llamado "Cementerio Viejo", en desuso como camposanto desde hace muchos años y en el que ya no pueden sepultarse cadáveres, salvo autorización expresa del Servicio Nacional de Salud;
    2º.- Que los terrenos de este cementerio son fiscales, según se desprende de inscripciones practicadas a fs. 128, Nº 92, y a fs. 143 vta., Nº 26, del Registro de Propiedades del Conservador de Bienes Raíces de Valdivia, correspondiente a los años 1873 y 1874, respectivamente;
    3º.- Que de acuerdo con el artículo 16 del Reglamento General de Cementerios, es irrevocable el destino dado a un terreno de camposanto, a menos que una ley disponga lo contrario;
    4º.- Que como reiterada, pública y formalmente lo ha expuesto la Ilustre Municipalidad de Valdivia, se hace imprescindible ocupar estos terrenos en su totalidad, a fin de ensanchar la calle Venezuela y prolongar la de Arauco, solucionándose así un agudo problema de tránsito y para el desarrollo de la futura Villa Olímpica, cuyos planos han sido elaborados por el arquitecto don Mario Recordón y aprobados por la Ilustre Municipalidad de Valdivia;
    5º.- Que, en consecuencia, es muy urgente para la solución de este problema urbanístico desafectar de su uso la totalidad de los terrenos de este camposanto, adoptándose las medidas necesarias para conservar el respeto que se debe a la memoria de los muertos;

    Y teniendo presente las atribuciones que le compete, la Junta de Gobierno de la República de Chile ha acordado y dicta el siguiente

    Decreto ley:

    Artículo 1º.- Desaféctanse de su calidad de bien fiscal y de cementerio, los terrenos en que se encuentra ubicado el "Cementerio Viejo" de la ciudad de Valdivia, inscritos a favor del Fisco a fs. 128, Nº92, y a fs. 143 vta., Nº 26, del Registro de Propiedades del Conservador de Bienes Raíces de Valdivia, correspondiente a los años 1873 y 1874, respectivamente.

    Artículo 2º.- Transfiérense, a título gratuito, a la Municipalidad de Valdivia los terrenos individualizados en el artículo anterior. Dicha Municipalidad deberá destinarlos a las obras de ensanchamiento de la calle Venezuela y prolongación de la calle Arauco e, igualmente, a las construcciones para la Villa Olímpica de esa ciudad, en conformidad a los planos aprobados por ella misma.

    Artículo 3º.- El Servicio Nacional de Salud procederá a levantar la clausura definitiva del "Cementerio Viejo" para el solo efecto de la exhumación, traslado y posterior sepultación a costa de la Municipalidad de Valdivia de los restos humanos ubicados en dicha necrópolis.
    Para la consecución de los fines señalados en el inciso anterior, la Municipalidad deberá disponer de los terrenos que sean necesarios en el Cementerio General de Valdivia, para la construcción de las sepulturas que fueren suficientes.
    Podrá procederse a la reducción de los restos humanos en todos aquellos casos en que fuere factible y así lo resolviere el Director Zonal del Servicio Nacional de Salud.
    Déjase sin efecto, para el cumplimiento de los objetivos del presente decreto ley, lo dispuesto en los artículos 56, 57 y 58 del decreto Nº 357, del Ministerio de Salud Pública, publicado en el diario oficial de 18 de Junio de 1970.

    Regístrese en la Contraloría General de la República, publíquese en el diario oficial e insértese en la Recopilación Oficial de dicha Contraloría.- AUGUSTO PINOCHET UGARTE, General de Ejército, Comandante en Jefe del Ejército.- JOSE T. MERINO CASTRO, Almirante, Comandante en Jefe de la Armada.- GUSTAVO LEIGH GUZMAN, General del Aire, Comandante en Jefe de la Fuerza Aérea de Chile.- CESAR MENDOZA DURAN, General, Director General de Carabineros.- Alberto Spoerer Covarrubias, Coronel de Sanidad Aérea, Ministro de Salud Pública.
    Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Saluda a Ud.- Subsecretario de Salud Pública.