Que concede permiso para conservar bienes raices a la Sociedad Alemana Union, establecida en Valdivia Por cuanto el Congreso Nacional ha dado su aprobacion al siguiente
PROYECTO DE LEI:
ARTICULO UNICO. Se concede a la Sociedad "Alemana Union" establecida en Valdivia, el permiso especial requerido por el artículo 556 del Código Civil, para que pueda conservar, durante treinta años, la posesion de los bienes raices que tiene adquiridos en las calles Chacabuco i Letelier, de esa ciudad.
I por cuanto, oido el Consejo de Estado, he tenido a bien aprobarlo i sancionarlo; por tanto, promúlguese i llévese a efecto como lei de la República.
Santiago, a 11 de Febrero de 1903.- JERMAN RIESCO.- José D. Amunátegui Rivera.