DEROGA DECRETO Nº 10, DE 1996
Núm. 59 .- Santiago, 16 de junio de 2004.- Visto: El artículo 32 Nº 8 de la Constitución Política de la República de Chile; el decreto con fuerza de ley Nº 279, de 1960; el decreto ley Nº 557, de 1974; el artículo 1º número 30 del decreto supremo Nº 654, de 1994, del Ministerio del Interior; el decreto supremo Nº 254 de 2003, del Ministerio de Salud; el decreto supremo Nº 10, de 18 de enero de 1996, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones; y el oficio Nº 3000-0159-04, de 22 de abril de 2004, del Instituto Nacional de Normalización.
Considerando:
1. Que por decreto supremo Nº 10, de 18 de enero de 1996, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, la norma NCh2353.Of96, sobre Sustancias peligrosas - Transporte por carretera - Hoja de datos de seguridad, fue declarada Norma Oficial de la República de Chile.
2. Que por decreto supremo Nº 254, de 28 de enero de 2004, del Ministerio de Salud, fue declarada Norma Oficial de la República, la norma NCh2245.Of2003, sobre Sustancias químicas - Hoja de datos de seguridad - Requisitos.
3. Que la citada norma NCh2245.Of2003 contempla los requisitos para la Hoja de Datos de Seguridad en el Transporte, requisitos que también fueron especificados en la norma NCh2353.Of96.
Decreto:
Artículo 1º: Derógase el decreto supremo Nº 10, de 1996, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que declaró Norma Oficial de la República la norma NCh2353.Of96 Sustancias peligrosas - Transporte por carretera - Hoja de datos de seguridad.
Anótese, tómese razón y publíquese.- Por orden del Presidente de la República, Javier Etcheberry Celhay, Ministro de Transportes y Telecomunicaciones.
Lo que transcribo para su conocimiento.- Saluda a Ud., Mauricio Carrasco, Jefe Administrativo.