Concede fondos para el pago de materiales destinados al telégrafo de Punta Arenas a Puerto Prat i de la gratificacion correspondiente a las fuerzas del Ejército ocupadas en la construccion de dicho telégrafo.
Santiago, a 11 de Febrero de 1903.-
Por cuanto el Congreso Nacional ha dado su aprobacion al siguiente
PROYECTO DE LEI:
ARTICULO UNICO. Autorízase al Presidente de la República para invertir hasta la suma de treinta mil novecientos trece pesos veinte centavos ($ 30,913 20), en el pago de las cuentas que se adeudan por materiales para el telégrafo de Punta Arenas a Puerto Prat i de la gratificacion correspondiente a las fuerzas del Ejército, ocupadas durante los años 1901 i 1902 en su construccion.
I por cuanto, oido el Consejo de Estado, he tenido a bien aprobarlo i sancionarlo; por tanto, promúlguese i llévese a efecto como lei de la República.-
JERMAN RIESCO.- Francisco Baeza.