Concede fondos para el pago de artículos destinados a jefes i oficiales del Ejército contratados por el representante de la casa Robrecht, de Berlin.
Santiago, a 11 de Febrero de 1903.-
Por cuanto el Congreso Nacional ha dado su aprobacion al siguiente
PROYECTO DE LEI:
ARTICULO UNICO. Se autoriza al Presidente de la República para invertir hasta la cantidad de ciento dieciocho mil setecientos setenta i un pesos cuarenta centavos ($ 118,771.40), oro de dieciocho peniques, en el pago de artículos para jefes i oficiales del Ejército contratados con don Cárlos Berges, representante de la casa Robrecht, de Berlin.
El producto de la venta de estos artículos deberá reintegrarse en arcas fiscales.
I por cuanto, oido el Consejo de Estado, he tenido a bien aprobarlo i sancionarlo; por tanto, promúlguese i llévese a efecto como lei de la República.- JERMAN RIESCO.- Francisco Baeza.