Concede permiso para conservar un bien raiz al Cuerpo de Bomberos de Ovalle
    Por cuanto el Congreso Nacional ha dado su aprobacion al siguiente
    PROYECTO DE LEI:

    ARTICULO UNICO. Concédese al "Cuerpo de Bomberos de Ovalle" el permiso requerido por el artículo 556 del Código Civil, para que pueda conservar, hasta por treinta años, la posesion del bien raiz que tiene adquirido en dicha ciudad, en la calle Miguel Aguirre Perry.

    I por cuanto, oido el Consejo de Estado, he tenido a bien aprobarlo i sancionarlo; por tanto, promúlguese i llévese a efecto como lei de la República.
    Santiago, a 31 de Julio de 1903.- JERMAN RIESCO.-
Aníbal Sanfuentes.